Visas de No inmigrante
Forma de registro de salida del Servicio de Inmigración y Naturalización (INS)
Querido viajero:
Si usted regresó a casa con su forma de registro de salida del Servicio de Inmigración y Naturalización (INS), Forma I-94 (blanca), o la Forma I-94W (verde) en su pasaporte, entonces su salida no fue registrada apropiadamente. Es su responsabilidad corregir esto.
Debe proporcionarle a INS(DHS) la información suficiente para que se registre que salió oportunamente de los Estados Unidos. Con esto se cerrará el registro que se abrió a su llegada a este país.
Si usted no verifica que salió oportunamente de los Estados Unidos, o si no puede comprobarlo de manera razonable la próxima vez que solicite admisión a los Estados Unidos, INS puede concluir que usted permaneció en el país más tiempo de lo autorizado. Si esto sucede, la próxima vez que solicite entrar a Estados Unidos su visa puede estar sujeta a cancelación o usted puede ser devuelto de inmediato a su puerto de origen en el extranjero.
En particular, los visitantes que permanezcan en Estados Unidos más allá de lo permitido y que se encuentren bajo el Programa de “Visa Waiver”, no podrán reingresar a los Estados Unidos en el futuro sin antes obtener una visa en algún Consulado de los Estados Unidos.
Si esto ocurre y usted llega a un puerto de entrada de los Estados Unidos solicitando admisión bajo el programa de Visa Waiver sin una visa, los oficiales de inmigración en Estados Unidos podrian ordenar su retorno inmediato a su puerto de origen en el extranjero.
Para verificar su salida, la oficina de INS(DHS) considerará una gran variedad de información incluyendo – pero sin estar limitada - a:
- Los pases de abordar originales que usted empleó para salir de Estados Unidos.
- Fotocopias de sellos de entrada o salida en su pasaporte mostrando su entrada a otro país después de que usted salió de Estados Unidos (debe de fotocopiar todas las páginas de su pasaporte que no se encuentren completamente en blanco, e incluir la página de su información biográfica con su fotografía); y
- Fotocopias de otro tipo de evidencia tal como:
- Recibos de nómina o comprobantes de pago de su empresa fechados, para indicar que usted estuvo en otro país despues de salir de Estados Unidos.
- Estados de cuenta bancarios fechados, mostrando transacciones que indiquen que usted estuvo en otro país después de que salió de Estados Unidos.
- Registros escolares mostrando su asistencia a una escuela fuera de Estados Unidos para indicar que estuvo en otro país después de abandonar Estados Unidos.
- Recibos de tarjeta de crédito fechados donde se muestre su nombre (pero con el número de tarjeta de crédito tachado), de compras realizadas después de su salida de Estados Unidos, para indicar que estuvo en otro país después de abandonar los Estados Unidos.
Su declaración no se aceptará sin documentos de evidencia tales como los que arriba se mencionan.
Envie por correo copias legibles o, si es posible, documentos originales. Si envia documentos originales conserve una copia. INS no podrá devolver los originales después de haber procesado su reporte. Para ayudarnos a comprender su situación y corregir sus registros rápidamente, por favor incluya una carta de explicación en inglés. Debe de enviar su carta y documentos de evidencia solamente a la siguiente dirección:
DHS - CBP SBU
1084 South Laurel Road
London, KY 40744
USA
No envie su hoja de salida Form I-94/I-94W o documentos de soporte a ningún Consulado de los Estados Unidos o Embajada, tampoco a ninguna otra oficina de INS(DHS) en los Estados Unidos, o a ninguna otra dirección diferente del mencionado arriba.
Solamente en la dirección mencionada arriba podremos hacer las correcciones necesarias a los registros de INS para evitarle inconvenientes en el futuro.
(Rev. IN02-39).